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•BARCELONA | 2020-11-13

CCB Abogados y Economistas consigue exonerar 33.707,69 euros con la ley de segunda oportunidad

Para ello, el juzgado tuvo en cuenta todos los requisitos exigibles para que cumpliera con la legislación, que entró en vigor en nuestro país en 2015




El Juzgado de Primera Instancia nº50 de Barcelona ha exonerado, aplicando la Ley de Segunda Oportunidad, a una mujer vecina de la ciudad de una deuda que ascendía a 33.707,69 euros. La principal causa por la que la concursada se encontró en una situación de insolvencia fue provocada por préstamos de los que ella era avalista.

Para ello, el juzgado tuvo en cuenta todos los requisitos exigibles para que cumpliera con la legislación, que entró en vigor en nuestro país en 2015.

Esta legislación permite exonerar a particulares y autónomos del pago de deuda a acreedores siempre que se demuestre que previamente el deudor ha actuado de buena fe, así como intentado un acuerdo con los acreedores para aplazar la deuda. Si no se logra dicho acuerdo, pueden solicitar la cancelación de la deuda al juzgado una vez se haya cumplido con todos los requisitos mencionados anteriormente.

Según sentencia, “se cumplen los requisitos previstos en el régimen general por lo que procede la concesión del BEPI de manera definitiva, extendiéndose el mismo a la totalidad de los créditos insatisfechos -aún los no comunicados que no sean contra la masa o privilegiados- “.

El proceso concursal, declarado de buena fe, mostró que no existía plan de pagos ante la inexistencia de bienes liquidables, aunque se había intentado llegar a un acuerdo extrajudicial, que la concursada no había sido tampoco condenada por ningún delito y que, previamente, ningún acreedor haya presentado oposición a la solicitud.

El caso, tramitado por CCB Abogados y Economistas, despacho de abogados y economistas especializado en la aplicación de esta legislación, consiguió con esto un doble éxito: la exoneración de la deuda de la concursada y la rapidez en la sentencia del procedimiento, ya que se ha conseguido el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho)en 11 meses, cuando el plazo normal suele necesitar entre 18 y 24.

“En CCB nos encargamos de realizar el procedimiento cumpliendo la Ley y explicando al cliente las consecuencias de iniciar el proceso, Desde que el cliente entra a nuestro despacho, nuestro objetivo es ayudarlo y que el proceso sea lo menos complicado y tedioso para él, acompañado siempre por un miembro del despacho y siempre al tanto del proceso y pasos que se dan” explican desde el bufete, que tiene sedes en Barcelona, Tarragona y Valencia. De hecho, reconocen estar, actualmente, recibiendo más consultas dada la grave situación en la que se encuentran algunos particulares y autónomos.




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